Oficina - Pando

DELEGACIÓN DEFENSORIAL DE PANDO INSTÓ AL CONCEJO MUNICIPAL DE BELLA FLOR LA APROBACIÓN DEL REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE ÉTICA Y SOCIALIZÓ PROYECTO DE LEY PARA LA ASISTENCIA INTEGRAL A HIJOS VÍCTIMAS DE FEMINICIDIO.

DELEGACIÓN DEFENSORIAL DE PANDO INSTÓ AL CONCEJO MUNICIPAL DE BELLA FLOR LA APROBACIÓN DEL REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE ÉTICA Y SOCIALIZÓ PROYECTO DE LEY PARA LA ASISTENCIA INTEGRAL A HIJOS VÍCTIMAS DE FEMINICIDIO.

20 de octubre de 2022

La Delegación Defensorial de Pando, solicitó a autoridades del Legislativo Municipal de Bella Flor dar viabilidad la aprobación del reglamento de la comisión de ética en cumplimiento a recomendaciones defensoriales y la Ley N°243 contra el Acoso y Violencia Política, además socializó el proyecto de Ley para la Asistencia Integral a Niñas, Niños y Adolescentes Víctimas de Feminicidio. 

De acuerdo al Informe Defensorial, existe una ausencia de políticas públicas destinadas a la prevención y erradicación e incumplimiento en la adecuación de normativas referente a la lucha contra el acoso y violencia política.

“Socializamos la propuesta de reglamento con el Concejo Municipal de Bella Flor para trabajar con la Comisión de Ética en la reglamentación de normativas para establecer instrumentos de función y tratamiento para la denuncia, trámite y sanción cuando se susciten casos de acoso y violencia política” informó Nancy Texeira Rojas, Delegada Defensorial Pando. 

La Comisión de Ética de cada órgano deliberativo es la instancia encargada de conocer y resolver las denuncias en la vía administrativa sobre acoso y violencia política contra autoridades electas, tanto titulares como suplentes.

Asimismo, en la reunión se socializó el proyecto de Ley para la Asistencia Integral a Niñas, Niños y Adolescentes Víctimas de Feminicidio. “Con esta socialización, se pretende explicar de manera técnica y dar viabilidad de la aprobación de esta normativa municipal, con el objetivo de prevenir la asistencia integral para niñas, niños y adolescentes víctimas de feminicidio” afirmó Texeira.

La presente Ley será aplicable dentro de la jurisdicción municipal, cuando el progenitor o responsable se encuentre procesado o cuente con sentencia condenatoria ejecutoriada o se declare extinción judicial de la acción penal por la causa de la muerte del procesado y también si el responsable de la comisión del delito de feminicidio se haya quitado la vida inmediatamente después de cometer el hecho delictivo.

Las autoridades presentes en la socialización, concluyeron efectuar otra reunión para revisar y analizar por minorizado el Reglamento de la comisión de ética para dar cumplimiento a la Ley N°243 contra el Acoso y Violencia Política, así también de la propuesta de Ley con el objetivo de establecer políticas públicas de atención, resguardo y promoción del ejercicio pleno de los derechos de hijos víctimas de feminicidio.