Defensoría del Pueblo exige respeto a la presunción de inocencia y al derecho de las víctimas a no quedar en la impunidad

Defensoría del Pueblo exige respeto a la presunción de inocencia y al derecho de las víctimas a no quedar en la impunidad

22 de Julio de 2021 02:18 pm

Defensoría del Pueblo exige respeto a la presunción de inocencia y al derecho de las víctimas a no quedar en la impunidad

La Defensoría del Pueblo lleva adelante una investigación sobre las circunstancias en se aprehendió al ciudadano Marco Antonio Bascopé Revuelta, miembro de la denominada “Resistencia Juvenil Cochala”, el 20 de julio, para verificar el respeto de sus derechos humanos; asimismo, espera el informe médico forense para establecer si existió vulneración a su derecho a la integridad física y psicológica durante su aprehensión y posterior traslado a la ciudad de Sucre. Personal defensorial evidenció que el señor Bascopé se encuentra, actualmente, acompañado de sus familiares y recibiendo atención médica.

La Defensoría del Pueblo, respecto a las declaraciones públicas del Viceministro de Régimen Interior y Policía, recuerda al Estado boliviano que el Sistema Internacional de Protección de Derechos Humanos establece la presunción de inocencia como un derecho humano y una garantía judicial, hasta que, luego de un proceso garantista, se demuestre la culpabilidad; pero también se exige que se actúe con celeridad para garantizar el acceso de las víctimas a justicia.

En ese marco, en ejercicio de sus atribuciones de velar por la vigencia y respeto de los derechos humanos, la Defensoría del Pueblo exige que se respete la presunción de inocencia durante el desarrollo del proceso, el cual debe llevarse adelante en el marco de la objetividad y la celeridad, para cuyo efecto exhorta al Ministerio Público cumplir su labor investigativa dentro los plazos legales.

Asimismo, exige a las autoridades competentes investigar las circunstancias de la aprehensión del señor Bascopé en Santa Cruz, así como las denuncias de malos tratos y posible tortura.

La institución defensorial hace seguimiento al proceso penal instaurado en contra de miembros de la “Resistencia Juvenil Cochala”. De acuerdo a la información proporcionada por la Fiscalía General del Estado, se iniciaron 11 procesos penales contra miembros de esa agrupación, de los cuales cinco tienen Resolución de Rechazo, uno cuenta con Sentencia, uno con acusación, tres se encuentran en etapa preliminar y uno estaría en análisis. 

De estos procesos, uno se encuentra en conocimiento de la Fiscalía Departamental de Chuquisaca y en la Fiscalía Departamental de Cochabamba, sobre estos datos, la Defensoría del Pueblo cuestiona la falta de celeridad en las investigaciones promovidas por el Ministerio Público, pues en tanto no se dicte sentencia, todos los implicados, éstos el señor Bascopé, está protegido por el principio constitucional de la presunción de inocencia.  

En ese sentido, la Defensoría del Pueblo en ejercicio de  sus atribuciones de velar por la vigencia y respeto de los derechos humanos, exige a las autoridades competentes investigar las circunstancias de aprehensión del señor Bascopé en Santa Cruz así como los presuntos hechos de malos tratos y posible tortura, asimismo, exige que se respete la presunción de inocencia durante el desarrollo del proceso, y el derecho de las víctimas a no quedar en la impunidad, para cuyo efecto exhorta al Ministerio Público cumplir su labor investigativa dentro los plazos legales y respetando el debido proceso.

Cabe recordar que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en su informe preliminar, tras su visita a Bolivia en noviembre de 2019, consideró urgente una investigación internacional por las graves violaciones de derechos humanos ocurridas en los conflictos posteriores al proceso electoral de octubre de ese año; asimismo, recomendó al Estado boliviano: “Desmantelar los grupos armados particulares que han ejercido la violencia contra la población civil en todo el país, del bando que sean”.

Asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que el derecho de acceso a la justicia debe, además, asegurar, en tiempo razonable el derecho de las víctimas (o sus familiares) a obtener un control jurisdiccional que permita determinar si los actos de las autoridades han sido adoptados al amparo de sus derechos y garantías mínimas. En esa línea, conforme lo ha señalado la Corte IDH “la Justicia, para ser tal, debe ser oportuna y lograr el efecto útil que se desea o se espera con su accionar y, particularmente tratándose de un caso de graves violaciones de derechos humanos, debe primar un principio de efectividad en la investigación de los hechos y determinación y en su caso sanción de los responsables”.

La Paz, 22 de julio de 2021